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Sobre la propuesta de reforma de la Directiva de Derechos de Autor en el Mercado Único Digital en Europa

por ACESCRITORES

© CARLOS MUÑOZ VIADA (*)

El pasado día 12 de septiembre el Parlamento Europeo aprobó la propuesta de reforma de Directiva de Derechos de Autor en el Mercado Único Digital, con 438 votos a favor, 226 en contra y 39 abstenciones. Por lo tanto, la iniciativa da el salto al Consejo Europeo, donde se valorará su aprobación para que la reforma se convierta en directiva.

Este texto es de gran importancia para los autores y editores de libros, revistas, periódicos y partituras, algo que se había puesto de manifiesto con las cartas enviadas al presidente de la Eurocámara por más de 130 asociaciones europeas de autores, en la que afirmaban que la nueva directiva “representa la primera oportunidad en una década de mejorar la situación de los autores y así fortalecer la comunidad creativa europea”; y con estos objetivos, se ha redactado la propuesta aprobada, de cuyo contenido, sin perjuicio de que todo es mejorable, tenemos que estar muy satisfechos.


En concreto, las mejoras que introduce la propuesta son las siguientes:

1) Los gigantes de la red deberán compartir ingresos con autores, artistas, productores y periodistas: los cambios que incluye la propuesta apuntan a garantizar que los artistas, especialmente los músicos, artistas y autores de guiones, así como los editores de noticias y periodistas, reciban un salario por su trabajo compartido en plataformas como YouTube o Facebook o en agregadores de noticias.

2) Pago justo para artistas y periodistas mientras se fomenta la creación de empresas: hacer que las plataformas de internet y los agregadores sean responsables de las infracciones de derechos de autor cometidos en su plataforma o con las obras agregadas.

3) Mayores derechos de negociación para autores e intérpretes: el texto del Parlamento también refuerza los derechos de negociación de los autores y artistas intérpretes o ejecutantes, permitiéndoles “reclamar” una remuneración adicional a la parte que explota sus derechos cuando la remuneración acordada originalmente es “desproporcionadamente” baja en comparación con los beneficios derivados. El texto agrega que estos beneficios deberían incluir “ingresos indirectos”. También autorizaría a los autores y artistas intérpretes o ejecutantes a revocar o rescindir la exclusividad de una licencia de explotación de su trabajo si se considera que la parte que ostenta los derechos de explotación no ejerce este derecho.

4) Proteger la libertad de expresión: el texto incluye disposiciones para garantizar que la ley de derechos de autor se respete en internet sin obstaculizar injustamente la libertad de expresión que ha llegado a definir a la red.

5) Wikipedia y las plataformas de software de código abierto no se verán afectadas: el texto también especifica que la publicación en las enciclopedias online de una manera no comercial, como Wikipedia, o las plataformas de software de código abierto, como GitHub, se excluirán automáticamente del requisito de cumplir con las normas de derechos de autor.

A modo de conclusión, reproducimos las palabras de Javier Díaz de Olarte, director jurídico de CEDRO, quien afirma que “Este texto constituye un paso más para adaptar a la realidad tecnológica actual las normas de derechos de propiedad intelectual en el seno de la Unión Europea, intentando conseguir el difícil equilibrio que haga compatible el desarrollo de modelos de negocio digitales con el imprescindible respeto al derecho de autor y una justa remuneración para los titulares”.


Carlos Muñoz Viada es abogado. Asesor Jurídico de ACE y miembro de su Junta Directriva.

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